sábado, diciembre 30, 2006

Propuesta Reforma Previsional: 7 Transparencia del Sistema de AFP

El trabajador no distingue que parte de la cotización adicional que cancela mensualmente, un 2,9% este constituye el ingreso para las A.F.P. y cual es el aporte efectivo del seguro de invalidez y sobrevivencia, las A.F.P. debieran establecer claramente, sus comisiones y el valor del costo del seguro, frente a esto ultimo, debemos aportar la siguiente información, al inicio del sistema en el año 1981, el gobierno de la época. Le anuncio al país el desglose y la distribución del dinero que aportarían los afiliados al sistema, de la siguiente forma, un 10% de capitalización individual, un 7% para la salud, un 2% de costo de la administración, y un 1% para que la administradora de fondos de pensiones, tome un seguro de invalidez y sobrevivencia para el afiliado, en elación a esto ultimo, este seguro históricamente, nunca a costado un 1%, con el tiempo, a través de un reclamo logramos que la Superintendecia de A.F.P.. Rebajara en un 0,1 % de ese valor, sin embargo, la historia y las estadísticas informan que la siniestralidad por este concepto, no solo es baja, sino que este le permite a las A.F.P. contratar un seguro por un póliza mas bajo que el cobro que se le realiza al Afiliado, en consecuencia, las A.F.P. han cobrado a millones de afiliados un sobreprecio que no se Ha corregido hasta el día de hoy, por otro lado, las A.F.P. reciben el beneficio, del retorno por pólizas pagadas como premio, por la siniestralidad obtenida por debajo de la banda establecida.

Proponemos a la autoridad, si uno de sus objetivos y preocupación ha sido aumentar las pensiones que el sistema arroja, no quedando satisfechas las expectativas de millones de afiliados, debemos corregir la siguiente situación:

Que el cotizante cancele solo el verdadero valor de la póliza de acuerdo a su cobertura. Que el retorno de las compañías de seguros en compensación por el comportamiento de la siniestralidad debería de ir en beneficio de quien pone el dinero, para contratar dicho seguro, y que la póliza sea de propiedad del afiliado y no del contratante. Si esta propuesta se cuantifica, se podrán dar cuenta que estamos hablando de una cantidad importante de recursos, que deberían incorporarse a las cuentas individuales de los cotizantes, ya que estas están asumidas.

Por otro lado la superintendencia de A.F.P. entrega información de la rentabilidad del fondo de pensiones, pero no entrega la rentabilidad de la cuenta individual, la cual es menor por el efecto de las comisiones fijas y comisiones porcentuales, menos el seguro de invalidez y sobrevivencia, por ejemplo, en el año 1988, el sistema previsional chileno tuvo una rentabilidad negativa del fondo de menos de un 1,9%, y la rentabilidad de las cuentas individuales, fue de un 3,3%, lo que constituyo una perdida de 5 mil millones de dólares, cifra no menor y que los afiliados nunca han podido recuperar LA RENTABILIDAD de la bolsa donde se encuentran los fondos previsionales no guarda Relación con la rentabilidad publicada POR LA SUPERINTENDENCIA DE AFP.

Mayor Cobertura
Se hace necesario incorporar al sistema una gran cantidad de trabajadores independientes, que no tienen cobertura previsional. Lamentablemente al termino de su vida laboral se constituyen en un problema para la sociedad y el Estado chileno.

Frente a esta realidad debemos buscar los mecanismos que aseguren una cobertura y permanencia en el tiempo, a través de la vía tributaria que contemplen las obligaciones previsionales. Existen profesionales, comerciantes, empresarios, artistas, que durante las mayor parte de su vida laboral obtuvieron ingresos suficientes para subsistir, sin considerar la problemática del futuro cuando no se esta en condiciones de generar los recursos necesarios.

Propuesta
Creemos que es factible corregir esta deficiencia previsional incorporando el costo previsional en la boleta de honorarios como una retención que será incorporada a unos de los operadores del sistema previsional.

El estado debe vigilar por el cumplimiento de esta exigencia en las mismas condiciones que se hace obligatoriamente para los trabajadores dependientes.

1 comentario:

Anónimo dijo...

HOLA, GRACIAS POR TU INFORMACIÒN LA VERDAD ME ACLARAS ALGUNAS DE MIS DUDAS YA QUE POR ESTOS DIAS ESTOY RECABANDO INFORMACIÒN PORQUE A MI PADRE LO MAS PROBABLE LO JUBILEN POR INVALIDEZ.
POLY