sábado, diciembre 30, 2006

Propuesta de Reforma a la Ley 19.934: 10 pensión anticipada

Las recientes modificaciones aprobadas en el Parlamento para modificar las exigencias para lograr obtener una pensión de vejez anticipada, han constituido un desastre en términos de costo social que la autoridad no supo cuantificar, hoy existe un 10% de cesantía, cifra preocupante y que no se compadece con el avance y crecimiento de las economías de alta escala, sin embargo el 60% de este porcentaje, son personas que sus edades fluctúan entre 48 y 55 años de edad, en especial trabajadores calificados, profesionales, e independientes, el modificar en términos de exigencias para dar cumplimiento en la primera escala al 52% de los ingresos, y paulatinamente hasta llegar a un 70%, ha producido un alejamiento permanente para obtener una pensión anticipada, con el único y gran propósito de lograr un sustento familiar.

En estos tramos, se mantienen cesantías prolongadas que superan los dos y tres años, y la actual legislación le reconoce solo 16 meses como objetivo para rebajar su promedio de renta de cuando era activo, no consciente de esta realidad se suman a esta, el aumento de las expectativas de vida, tanto para el hombre como para la mujer, creando una gran desesperanza en aquellas personas que esperaban lograr cumplir las exigencias del pasado, creemos que el parlamento no tuvo la visión necesaria, ya que esta ley, es aplicable de fácil manejo, en un país desarrollado con niveles de cesantía promediadas en un 3% que le permiten al afiliado generar una rotación de sus actividades cercana a los 60 años de edad, por lo tanto creemos oportuno mencionarle a la autoridad buscar los mecanismos necesarios, para revertir dichas medidas.

Proponemos
De acuerdo a lo expuesto consideramos oportuno que la autoridad le proponga al parlamento una suspensión de las exigencias planteadas en el párrafo anterior de esta ley que comenzó a regir a partir del 19 de agosto del 2004.

Proponemos la eliminación de la edad para aumentar la exigencia.
Eliminar sin tope las lagunas previsionales para poder rebajar los promedios.
Creemos que no debe ser la superintendencia de AFP ni la superintendencia de Valores y seguros las que deban proponer las expectativas de vida, por ser los Medios que regulan esta actividad, pudiéndose generar intereses relacionados, por lo Tanto debería continuar en manos del INE.

La autoridad debe considerar que cuando un afiliado se encuentra en carácter de cesante entre las edades de 55 y 65 años, las exigencias anteriormente detalladas deberían ser cero.

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